Un tribunal estatal de Nuevo México ordenó este jueves a Meta pagar 567 millones de dólares (menos de 500 millones de euros) a un fondo de salud mental para adolescentes y modificar el funcionamiento de sus plataformas para los usuarios jóvenes, al considerar a la compañía responsable de perjudicar el bienestar de los menores.
La sentencia de un tribunal de Nuevo México considera a la compañía responsable de perjudicar el bienestar de los menores
Un tribunal estatal de Nuevo México ordenó este jueves a Meta pagar 567 millones de dólares (menos de 500 millones de euros) a un fondo de salud mental para adolescentes y modificar el funcionamiento de sus plataformas para los usuarios jóvenes, al considerar a la compañía responsable de perjudicar el bienestar de los menores.
El juez Bryan Biedscheid, de Santa Fe, dictaminó que la empresa había generado un “perjuicio colectivo” en Nuevo México, dando la razón al fiscal general del estado, Raúl Torrez, demócrata. Torrez acusó a la compañía de redes sociales de diseñar productos para generar adicción entre los jóvenes y de no proteger a los menores frente a la explotación sexual en sus plataformas.
La sentencia llega cinco meses después de que un jurado de Nuevo México, en una fase anterior del caso, ordenara a Meta pagar 375 millones de dólares al concluir que había infringido la legislación de protección al consumidor al tergiversar la seguridad de Facebook e Instagram para los usuarios jóvenes.
El caso estaba siendo seguido muy de cerca en medio de una creciente ola de litigios que acusan a las empresas de redes sociales de perjudicar a los menores. Aunque muchas demandas han sido presentadas por niños y familias por daños presuntamente sufridos a título individual, también estados, municipios y distritos escolares han impulsado acciones judiciales para exigir cambios amplios en la industria.
Más de 40 estados y más de 1.300 distritos escolares han presentado demandas por molestia pública contra compañías de redes sociales, solicitando indemnizaciones y órdenes judiciales que obliguen a modificar productos y prácticas.
Biedscheid ordenó este jueves a Meta aplicar medidas de seguridad para menores, entre ellas límites mensuales de uso de Facebook e Instagram para adolescentes, restricciones a las notificaciones, controles más estrictos sobre el contacto entre adultos y menores, salvaguardas para los chatbots de inteligencia artificial y una revisión reforzada de las denuncias de abusos sexuales infantiles. Estas medidas permanecerán en vigor durante cinco años.
Meta anunció que recurrirá la decisión y afirmó que ha estado trabajando para identificar y eliminar contenidos perjudiciales de sus plataformas.
“Seguimos confiando en nuestro historial de protección de los adolescentes en internet y continuaremos defendiéndonos frente a acusaciones que tergiversan los hechos”, señaló la empresa en un comunicado.
Torrez afirmó en un comunicado que Meta eligió los beneficios por encima de la seguridad infantil y que esta sentencia es la primera que obliga a un gigante de las redes sociales a introducir cambios destinados a proteger a los menores.
“Esto no es solo una sentencia contra una compañía. Es un modelo a seguir”, declaró Torrez. “Ahora otros estados y otros países que afrontan la misma crisis tienen una hoja de ruta que pueden seguir”.
Reuters informó el año pasado sobre documentos internos de la empresa que mostraban que los chatbots de inteligencia artificial de Meta podían “mantener conversaciones románticas o sensuales con un menor”, dentro de una serie de investigaciones sobre cómo la compañía obtenía ingresos publicitarios de anuncios que promocionaban fraudes y productos prohibidos.
En su fallo de este jueves, Biedscheid ordenó a Meta impedir que los menores de Nuevo México “mantengan interacciones románticas o sexualizadas con los chatbots de inteligencia artificial de Meta” y evitar que los adultos en el estado utilicen esos chatbots para simular o discutir interacciones sexualizadas con menores.
Biedscheid escuchó tres semanas de testimonios durante el segundo juicio relacionado con la demanda, que se celebró sin jurado. El proceso se centró exclusivamente en determinar si las plataformas de Meta constituían un “perjuicio colectivo” conforme a la legislación de Nuevo México.
Las reclamaciones por molestia pública se han utilizado tradicionalmente contra conductas que ponen en peligro la salud o la seguridad públicas, como bloquear carreteras o contaminar cursos de agua. Sin embargo, los gobiernos estatales también las han invocado en litigios relacionados con el tabaco, los opioides, el cambio climático, los cigarrillos electrónicos y, más recientemente, la inteligencia artificial.
“Del mismo modo que la contaminación nociva producida por una fábrica puede perjudicar el derecho colectivo a disponer de un aire razonablemente limpio, los efectos perjudiciales de las plataformas de Meta sobre los menores no permanecen confinados a esas plataformas, sino que se extienden al conjunto de internet y, quizá lo más preocupante, al mundo real, generando una carga social común y causando daños a los menores afectados, así como a sus familias, escuelas, hospitales y fuerzas de seguridad”, escribió Biedscheid.
Meta sostuvo durante el juicio que no podía haber generado un “perjuicio colectivo” porque no había interferido en un “derecho público”, como el acceso al aire o al agua. También argumentó que sus plataformas de redes sociales no son las únicas utilizadas por los jóvenes del estado y que la demanda ignoraba el impacto de otras aplicaciones.
La empresa también criticó las medidas exigidas por Nuevo México, afirmando en sus escritos judiciales que muchas de ellas eran “tecnológicamente impracticables o completamente imposibles” y que podrían obligarla incluso a abandonar el estado.
Meta alegó además que las reclamaciones de Nuevo México estaban bloqueadas por la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, una norma federal que, por lo general, protege a las plataformas en línea de la responsabilidad por contenidos generados por usuarios. Biedscheid rechazó esa defensa al considerar que el Estado estaba impugnando características propias de la plataforma de Meta y no intentando responsabilizar a la empresa como editora de contenidos de terceros.
No obstante, el juez rechazó imponer algunas de las medidas solicitadas por Nuevo México. Consideró que los cambios en los algoritmos de Meta y en funciones como el desplazamiento infinito (infinite scroll) y la reproducción automática podrían vulnerar los derechos de la compañía protegidos por la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense, perjudicar su posición competitiva y entrar en conflicto con la Sección 230.
La sentencia llega cuando Meta se prepara para afrontar la próxima semana un juicio en un tribunal federal de Oakland (California), donde 29 estados la acusan de diseñar Facebook e Instagram para generar adicción entre los menores y de engañar a los usuarios sobre su seguridad, en un caso que podría exponer a la empresa a indemnizaciones multimillonarias.
La compañía también se está defendiendo de una demanda presentada por Tennessee en un juicio que comenzó en julio.
Meta ha advertido a los inversores de que la presión legal y regulatoria en Estados Unidos y la Unión Europea relacionada con el impacto de las redes sociales en los jóvenes “podría afectar significativamente a nuestro negocio y a nuestros resultados financieros”.
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